La normativa de vehículos de movilidad personal que, entre otras medias, prohíbe circular por aceras y paseos, deriva la responsabilidad de las infracciones e indemnización de daños a los padres o guardadores si hay menores implicados

TEXTO Y FOTOS E.D.G.

ROJALES10-10-2024


La ordenanza municipal de vehículos de movilidad personal (VMP) tras su aprobación en pleno ordinario y la publicación en el Boletín Oficial de la Provincial (BOP) el pasado día 2, entrará en vigor la semana del 22 de octubre. Desde su aprobación plenaria y hasta esa semana, agentes de la Policía Local, realizarán una campaña informativa en todo el municipio informando a los usuarios de los VMP de la nueva normativa, especialmente sobre los patinetes eléctricos.

Hasta finales de la semana del 22 de octubre, no se denunciarán las infracciones detectadas que oscilan entre los 80 a 500 euros dependiendo de la gravedad del hecho denunciado.

El concejal de Seguridad Ciudadana, Antonio López, explica que se trata de una ordenanza redactada “por y para los ciudadanos” ya que mejorará la seguridad vial tanto para los usuarios de los VMP como para los peatones y conductores de otro tipo de vehículos. “Se trata de un texto cuyo objetivo es garantizar la seguridad vial en nuestro municipio ante la presencia cada vez mayor de los VMP y hacer compatible su uso con el resto de personas” indica el edil.

El concejal informa que la ordenanza puede ser consultada en el ayuntamiento y en el BOP publicado el 2 de octubre. Además, los aspectos más destacables de la ordenanza vienen recogidos en un folleto publicado por el ayuntamiento, que ha sido repartido por los diferentes centros educativos del municipio y en el comercio local.

Entre otras cuestiones la nueva normativa recoge que está prohibido circular por aceras, paseos, zonas peatonales, vías interurbanas y autovías, siendo obligatorio el uso del casco y respetando las señales de tráfico. Y todo ello sin olvidar que está prohibido el uso de auriculares y teléfono móvil cuando se conduce un patinete que al mismo tiempo solo puede estar ocupado por una persona. De igual forma la velocidad máxima se fija en 25 kilómetros por hora y es obligatorio disponer de un timbre para advertir al resto de usuarios de la vía pública y contar el vehículo con alumbrado óptico y reflectantes.

En cuanto a la responsabilidad legal y civil de las infracciones así como la eventual indemnización de daños “siempre recaerán, si el usuario es menor de edad, en padres o guardadores legales”. Por ello se recomienda disponer de un seguro de responsabilidad civil, con cobertura, en caso de accidentes por daños a terceras personas o daños materiales.

Otro aspecto destacable es la edad de conducción de los VMP fijada en 16 años. Los menores de 16 años también podrán circular en vía pública si disponen del correspondiente carné de ciclomotor (permiso de conducir AM).