– Cubre los costes de adquisición del agua y los que han de soportar los regantes para llevar a cabo la gestión hídrica del Parque Natural en los términos estipulados por el Convenio del 2011

TEXTO L.C.I.

LUNES 06-08-2018

 El Consell ha autorizado a la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural a destinar un total de 190.000 euros a la Comunidad General de Regantes Riegos de Levante Margen Izquierda del Segura para una gestión medioambiental de los embalses de Levante y Poniente del Parque Natural de El Hondo.

Esta medida viene contemplada en el acuerdo del Pleno del Consell que ha aprobado el convenio de colaboración con esta entidad. Se trata de regular el mecanismo para liquidar la contraprestación económica a los regantes que establece el artículo 14.9.b de la normativa del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura (aprobado por Real Decreto 1/2016 de 8 de enero) y fijar las condiciones de gestión hídrica que garanticen el cumplimiento de los objetivos ambientales que dan lugar a esa compensación.

De acuerdo con el Plan del Segura, esta entidad de regantes asignará un mínimo de 4 hm3 a la demanda bruta ambiental consuntiva. Los costes de los recursos hídricos asignados se financiarán de acuerdo con las tarifas aprobadas por el ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Los recursos hídricos asignados en 2018 se corresponden con 1,755 hm3.

El importe de 190.000 euros es la aportación de la Generalitat para colaborar en el coste de adquisición, con las tarifas actuales del trasvase Tajo-Segura (Sinclinal de Calasparra), de un volumen de hasta 1,755 hm3, para sustituir el agua bombeada a los embalses de El Hondo que no puede ser utilizada para el riego y que debe ser mantenida y gestionada con fines ambientales, hasta completar los 4 Hm3/año a derivar.

Con este pago se entienden compensados, además del coste de adquisición del agua, todos los costes que han de soportar los regantes para llevar a cabo la gestión hídrica de El Hondo en los términos estipulados por el Convenio del 2011, cuya vigencia se mantiene. En él se fijaron las condiciones técnicas para la gestión hídrica de los embalses de Levante y Poniente incluidos en el Parque Natural, al ser esta Comunidad de riegos propietaria de los embalses.

Para el cumplimiento del objetivo, la entidad, además de cumplir con las obligaciones en su calidad de beneficiaria de la subvención está obligada a cumplir determinados compromisos fijados en el convenio.

Entre otros, el mantenimiento en los embalses de los volúmenes y niveles mínimos estipulados, cumplir con las variaciones máximas de nivel permitidas entre los embalses de Levante y Poniente, captar el máximo caudal circulante por el río Segura en el azud de San Antonio y en los azarbes y garantizar la circulación de agua por los embalses para reducir la acumulación de sal.