Se trata de una medida cautelar solicitada en un recurso contencioso administrativo por una comunidad de vecinos de la Cala del Moro que el juez no ha tenido en consideración
TEXTO L.C.I
TORREVIEJA 20-08-2018
Un auto judicial desestima la medida cautelar propuesta por una comunidad de vecinos para que se suspenda el uso de las playas caninas de Torrevieja. Un auto del que ha informado esta mañana en rueda de prensa, Fanny Serrano, alcaldesa accidental de la localidad.
Serrano ha explicado la cronología de los hechos una vez que el 25 de junio de 2018 el alcalde, José Manuel Dolón, promulgara un Decreto por el que se declaraban como playas caninas dos zonas, Punta Margallo y Cala del mal paso, de acuerdo con los requisitos del artículo 36.3 de la Ordenanza de playas. El Decreto se publicó en el BOP el 9 de julio de 2018 y contra el mismo interpuso un recurso contencioso administrativo una comunidad de propietarios de la zona de la Cala del Moro (Mancomunidad de propietarios Cala del Moro bloques).
En su recurso los vecinos solicitaban del Juzgado de Elche que acordara inaudita parte, es decir, sin escuchar los argumentos del Ayuntamiento de Torrevieja, la suspensión del uso de la playa canina, según su propia argumentación “para impedir que dicha declaración afecte a todo el verano, agosto fundamentalmente, y así que, los principales usuarios de la cala por cercanía, que son los ocupantes de las viviendas adyacentes, que vienen única o principalmente en temporada estival, queden privados de seguir utilizando dicha playa en el modo en que hasta ahora venían haciéndolo”, además ofrecían una fianza de 1.000 euros.
El Juzgado por Auto de fecha 30 de julio de 2018 inadmitió la tramitación como medida cautelarísima al no estimar la urgencia y acordó la tramitación del incidente como medida cautelar normal. Por ese motivo dio traslado al Ayuntamiento por 5 días para que presentara alegaciones y habilitó extraordinariamente el mes de agosto para la realización de los trámites procesales. Serrano ha informado de que el Ayuntamiento presentó sus alegaciones el 3 de agosto y ha tenido palabras de agradecimiento para el edil Víctor Ferrández “por su colaboración con la representación letrada para la redacción de las mismas”.
Finalmente el 7 de agosto el Juzgado dictó el Auto por el que se desestima la medida cautelar “por entender Su Señoría que no hay un perjuicio irreparable para la comunidad de vecinos porque la playa canina es temporal y provisional, solo para este año. Y, además, porque considera que los supuestos perjuicios irreparables alegados por la actora no se han acreditado en modo alguno. Igualmente, detalla que “existe un interés general que es el que ha llevado al Ayuntamiento a la promulgación del decreto, para satisfacer una demanda de gran parte de los ciudadanos del municipio. Por lo tanto, en la necesaria ponderación entre interés general interés particular, prevalece el primero. Por último también rechaza que se cumpla el denominado “fumus bonis iuris” no hay apariencia de buen derecho, se trata de una resolución de carácter general que no ha devenido nula.
En su comparecencia ante los medios de comunicación la alcaldesa ha citado uno de los párrafos- que ha considerado bastante clarificador- que recoge el auto respecto a lo que los vecinos consideran perjuicios irreparables porque “los canes correrán libres por los caminos e incluso podrían acceder a las propiedades de los vecinos, así como el nutrido grupo de población que tiene temor a los perros”, a lo que el juez responde que “además de no acreditarse de modo alguno, parece que lo que se ha habilitado es una zona para esparcimiento de manadas de animales salvajes en vez de una Playa Canina regulada mediante la normativa correspondiente” e igualmente recuerda que el propio Decreto establece una serie de normas para evitar que los perros creen molestias a los demás bañistas y remite a la Ordenanza Reguladora del Uso, Seguridad y Conservación de las Playas.
Por último ha agradecido la ejecución que ha llevado a cabo el concejal de Playas, Javier Manzanares, del acuerdo que se ha adoptado en pro del beneficio general del municipio y que es de carácter provisional hasta que se produzca la definitiva con la máxima participación de los ciudadanos de Torrevieja. En septiembre se retomará el curso del procedimiento judicial con la presentación, en su caso, de la demanda y se entraría en el curso de la tramitación principal de esta cuestión.