Agricultura estudia que los agricultores y ganaderos vendan directamente a los consumidores sus productos
FUENTE/TEXTO F.A (E.M)
FOTOS E.D.G.
DOMINGO 12-09-2016
La venta directa de productos agroalimetarios constituye una creciente oportunidad de negocio para los agricultores y ganaderos que padecen la falta de rentabilidad de sus explotaciones. La ausencia de intermediarios eleva el rendimiento final, de ahí que cada vez sean más quienes apuestan por comercializar ellos mismos una pequeña parte de su producción. El Gobierno valenciano quiere potenciar esta fórmula de venta y, de hecho, está ultimando una nueva regulación para ofrecer las máximas garantías sanitarias y de trazabilidad para el cliente. Los requisitos que incluye pretenden bloquear, además, la venta de género robado, así como los casos de fraude a la Agencia Tributaria.
El decreto, auspiciado por la Conselleria de Medio Ambiente y la de Sanidad, no sólo exigirá la inscripción de los horticultores y granjeros en el Registro General de Producción Agrícola o en el de Explotaciones Ganaderas. También se les instará a identificar en libros todos los suministros a tiendas de proximidad y al por menor. Tendrán que conservar esta información durante dos años para garantizar la trazabilidad del género.
La futura norma, a cuyo borrador ha accedido este diario, prohíbe expresamente la comercialización de leche cruda, de moluscos bivalvos vivos y pescado. También la ternera, cordero, cerdo o cabra si los animales no se han sacrificado en un matadero autorizado. Como excepción, se autoriza la venta de carne de conejo, de aves de corral o de caza criadas en una explotación ganadera aunque el sacrificio se haya realizado en una vivienda u obrador colectivo.
Para ello, los granjeros han de cumplir una serie de condiciones administrativas, técnicas y sanitarias. En primer lugar, han de comunicar el inicio de su actividad e inscribirse en el registro sanitario de establecimientos alimentarios menores de la Comunidad Valenciana.Pero deberán disponer, además, de formación adecuada en materia de higiene alimentaria. Según esta nueva normativa, se requiere una sala exclusiva para el sacrificio con sistema de desinfección de utensilios de trabajo y contenedores específicos donde depositar los restos no destinados al consumo humano.
En el caso del ganado menor, la Administración autonómica establece también uncupo anual de venta directa. Una explotación no podrá sobrepasar las 50.000 unidades al año, tanto para conejos como para aves de corral y caza de cría. La Generalitat efectuará inspecciones periódicas para asegurarse de que se cumplen las obligaciones previstas y la regulación en materia de trazabilidad y seguridad alimentaria.
De acuerdo con este decreto, que sustituye y amplía la orden dictada en 2015 por los departamentos de Presidencia y Agricultura, el etiquetado del producto deberá respetar las directrices en vigor y podrá incluir de forma opcional la leyenda venta local o venta de proximidad.
Asimismo, el Gobierno valenciano se compromete a promocionar y dar soporte a estas iniciativas contemplando acciones dirigidas a favorecer el consumo de dichos productos incluso en comedores colectivos de titularidad pública. Desde la Generalitat se estima que la venta de proximidad del género agrarios contribuirá a la consolidación del turismo rural y la restauración y diversificará la fuente de ingresos de los profesionales del sector, elevando así la viabilidad de sus explotaciones.