Estas ayudas destinadas a la compensación de los recibos de consumo de agua a estos colectivos, aumentan el importe total en esta nueva convocatoria en un 37´5%, pasando de 160 a 220 euros anuales

 Durante todo el presente año 2014 podrán solicitarse estas ayudas tanto en el Registro General del Ayuntamiento (edificio PROP) como en las dependencias de la Concejalía de Bienestar Social

TORREVIEJA (18-01-14). El alcalde de Torrevieja, Eduardo Dolón, informa que el próximo lunes 20 de enero, se abrirá el plazo para solicitar las ayudas procedentes del Fondo Social para Colectivos Desfavorecidos y que van destinadas a la compensación de los recibos de consumo de agua a estos colectivos.

El alcalde ha recordado que a finales del año 2012 AGAMED aceptaba la propuesta de modificación de estas ayudas procedente de la Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Torrevieja, con el fin de poder ampliar las personas beneficiarias y flexibilizar las condiciones de acceso a las mismas. De esta forma, desde el Ejercicio 2013 se acordó ampliar y mejorar las condiciones para poder acceder a dicho fondo, de manera que pueda llegar cada vez más a un colectivo mayor.

En concreto, en esta nueva convocatoria se ha aumentado el importe total de la ayuda en un 37´5%, pasando de 160 a 220 euros. Además, para que pueda aumentar el número de beneficiarios de estas ayudas, se ha disminuido de dos a un año el mínimo de plazo que los solicitantes deben estar empadronados en la ciudad de Torrevieja para obtener estas ayudas procedentes del Fondo Social.

Los requisitos necesarios para poder beneficiarse de estas ayudas para el ejercicio 2014, incluyen que la renta per cápita de la unidad familiar no supere la cuantía de 5.007´80 euros. Estar empadronado en el municipio de Torrevieja, un mínimo de 1 año ininterrumpido e inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud. No disponer de bienes inmuebles, sin contabilizar la vivienda habitual y una plaza de garaje. Estar al corriente de los recibos emitidos a la fecha de la presentación de la solicitud y/o, en su caso, no acumular un máximo de tres recibos impagados. Por último, ser titular del contrato de suministro de agua. En caso de reunir todos los requisitos necesarios y no ser titular del contrato del agua, el solicitante deberá gestionar el cambio de titularidad, y si no puede hacer frente a los gastos que genera la gestión éstos se podrán descontar del importe de la ayuda.

Por todo ello, y durante todo el presente año 2014, podrán solicitar estas ayudas tanto en el Registro General del Ayuntamiento (edificio PROP) como en las dependencias de la Concejalía de Bienestar Social.