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El Gobierno tiene poco más de dos meses para presentar, como así le invitó a hacer el Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzosas de la ONU en un informe publicado el pasado 2 de julio, un cronograma en el que se indiquen las medidas que pretenden llevar a cabo para cumplir todas las recomendaciones que se recogen en el mismo informe, así como las fechas previstas para aplicar cada una de las medidas y aquellas en las que se tenga previsto concluir con el cumplimiento de todas estas recomendaciones.

En ellas se pide al Gobierno central que proporcione fondos adecuados para que la Ley de Memoria Histórica pueda aplicarse eficazmente. Además, se le insta a que vele por el respeto de la disposición relativa a la retirada de todos los símbolos, escudos, insignias, placas o menciones que exalten el alzamiento nacional del 18 de julio, la Guerra Civil o la dictadura.

El Grupo de Trabajo insta al Ejecutivo a que actúe con urgencia en materia de desapariciones forzosas porque, según recoge el informe, “la urgencia y celeridad son esenciales dada la edad avanzada de muchos de los familiares y testigos que vieron por última vez con vida a personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la dictadura”. Además, pide al Ejecutivo que implemente también otras recomendaciones procedentes de organismos internacionales de derechos humanos, prestando mayor atención a las remitidas desde el Comité contra las Desapariciones Forzosas y el Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición.

En relación al marco legal, el Grupo de Trabajo ha pedido, a través del informe, que se ratifique la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y lesa humanidad; que se incorpore la desaparición forzada como delito autónomo y que esta sea imprescriptible, o que los plazos de prescripción comiencen a contarse desde el momento de la aparición del desaparecido. Asimismo, consideran necesario que estos casos no puedan ser juzgados mediante jurisdicción especial, en particular de carácter militar.

Búsqueda y recuperación de los restos

En relación a la recuperación de los restos, incide en que todas las iniciativas relativas a la búsqueda de desaparecidos tienen que ser asumidas como una obligación estatal, estableciendo consultas con los familiares y asociaciones y proporcionando un mayor apoyo institucional y financiero a los familiares y asociaciones. Además, el Grupo de Trabajo de la ONU pide al Ejecutivo que adopte un plan nacional de búsqueda de personas desaparecidas en la mayor brevedad posible, algo que denuncian también otras asociaciones como la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH).

Además, también recomiendan al Gobierno que fortalezca los esfuerzos en la búsqueda e identificación de niños que “podrían haber sido víctimas de apropiación, desaparición forzosa o sustitución de su identidad”, reza el informe. Estos niños ya son considerados víctimas en el anteproyecto de Ley de Memoria Democrática elaborada por la Junta de Andalucía. Además, en relación a estos casos específicos, se piden garantías de que el Banco Nacional de ADN integrará muestras genéticas de todos los que hayan sido denunciados.

Las desapariciones forzosas sujetas a amnistía

En lo relativo a la justicia, el Grupo de Trabajo recomienda que se investiguen de oficio y se juzguen todas las desapariciones “de manera exhaustiva e imparcial, independientemente del tiempo transcurrido desde que comenzaron”, eliminando los obstáculos jurídicos que puedan impedir dichas investigaciones y tratando de asegurar que las desapariciones forzosas no sean crímenes sujetos a amnistía.

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