LA UNIÓ consigue que el Ministerio rectifique disminuyendo parte de los recortes ilegales de la PAC y anulando la discriminación a los jóvenes después de su denuncia ante la Comisión Europea
El Gobierno del Estado, forzado por la investigación de la Comisión Europea, incluye en el Real Decreto 1172/2015 modificaciones sustanciales para ajustar a derecho la figura de agricultor activo y las discriminaciones ilegales a los jóvenes
LUNES 11-01-2016
La Unió de Llauradors ha obtenido los primeros resultados después de presentar una denuncia ante la
Comisión Europea (CE) contra el Ministerio de Agricultura por el incumplimiento de la normativa de la Unión Europea (UE) en la aplicación de la nueva Política Agraria Común (PAC) en el Estado español.
A raíz de la investigación iniciada por la CE, el Gobierno español se ha visto obligado a rectificar y a incluir en el Real Decreto 1172/2015, que modifica a partir del 1 de enero del 2016 los reales decretos que regulan la aplicación de la PAC en el Estado español, la modificación de la aplicación de la figura del Agricultor Activo y de las exclusiones en el nuevo pago para los agricultores jóvenes y del acceso a la reserva de derechos del nuevo pago básico y, por lo tanto, también del nuevo pago verde de la PAC para los jóvenes incorporados exclusivamente en los sectores de frutas y hortalizas, viña y vino, flor, planta ornamental y equino. Estas modificaciones se han hecho para ajustar las disposiciones en el Estado español en estas materias a la normativa de la UE.
LA UNIÓ y otras organizaciones agrarias integradas en la Unión de Uniones denunciaron el 12 de febrero del pasado año al Gobierno estatal ante la CE por el incumplimiento de la normativa de la UE en los reales decretos que regulaban la aplicación de la nueva PAC. Concretamente denunciaron que el Real Decreto 1075/2014 vulneraba la normativa que establece la exclusión de la concesión de pagos directos a las personas físicas y jurídicas que gestionan aeropuertos, servicios ferroviarios, instalaciones de abastecimiento de aguas, servicios inmobiliarios, instalaciones deportivas y recreativas permanentes si estas no tienen una actividad agraria significativa. La vulneración de la figura llamada “Agricultor Activo” tenía una especial relevancia en 2015, dado el cálculo del valor inicial de los nuevos derechos de pago básico, que se realiza aplicando un porcentaje fijo sobre los importes que los agricultores recibieron el 2014, puesto que si no se sacan los que no son “agricultores activos” comportaría una reducción significativa del valor de los nuevos derechos del pago básico.
LA UNIÓ también denunció que el Real Decreto 1075/2014 y el Real Decreto 1076/2014, vulneraban la normativa de la UE que establece una ayuda complementaria del 25% del pago básico a los agricultores jóvenes los cinco primeros años desde su incorporación, puesto que discriminan los jóvenes que han obtenido derechos de pago básico mediante cesiones (arrendamientos, compra, herencia o donación), pero tienen orientaciones productivas que nunca han recibido ayudas directas de la PAC, así como la que establece el acceso en la reserva de derechos del pago básico de estos mismos agricultores jóvenes los cinco primeros años desde su incorporación y que tienen exclusivamente orientaciones productivas que nunca han recibido ayudas directas de la PAC (frutas y hortalizas, vino, flor y planta ornamental o equino).