EL TRIBUNAL SUPREMO Y LA MATANZA DEL ARRUÍ ESPAÑOL

Raimundo Montero es presidente de ADHIF

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Desde ADHIF (Asociación Defensora de Herbívoros contra Incendios
Forestales) presentamos las siguientes consideraciones para contribuir
a que finalice pronto el exterminio del arruí español (español pues
nos ha limpiado algunos montes de hierba este siglo y parte del XX):

1.- El Tribunal Supremo español dictó Sentencia 637/2016 contra el
arruí y lo declaro invasor y dañino e instó a su exterminio de España,
al dar respuesta a Ecologistas en Acción y otros grupos parecidos que
tantas ganas tienen de liquidarlo completamente y que nunca han
atendido las razones que desde ADHIF se le presentaban de que estaban
muy equivocados.

2.- El Tribunal Supremo se fundamentó en su veredicto en pruebas
científicas contra el arruí, pero como se basaban en el prejuicio
ecologista de ser amantes sólo de la botánica y con prejuicios
infundados sobre los herbívoros; el tiempo ha demostrado que, los
mismos científicos del CSIC que declararon dañino e invasor al arruí,
han rectificado y actualmente piensan que no es dañino sino
beneficioso para el ecosistema del sureste español y no desplaza para
nada a la cabra montés.

3.- Lo que es difícil de entender es que si el doctor Jorge Cassinello
(véase http://www.cienciaycaza.org/protagonista-del-mes/jorge-cassinello-roldan-/15)
ha modificado su anterior criterio y solicitado como ADHIF y otros
grupos que el Ministerio de Agricultura excluya al arruí del catálogo
de especies invasoras y dañinas, ¿por qué no lo efectúa? ¿Por desidia?
Es grave que no lo haga pues se lo solicita los mismos científicos por
lo cuales fue incluido en su día como dañino.

4.- Tampoco entendemos desde ADHIF que si el Tribunal Supremo se basa
en unos estudios contra una especie animal, si esos trabajos han sido
refutados por su mismos autores, ¿por qué no anula lo tocante a una
especie que ya la ciencia no la considera perjudicial? Es somo
condenar a muerte a una persona y, si después de la sentencia aparecen
pruebas de su inocencia, ¿sería justo que un tribunal permitiese que
la ejecutasen?

5.- Para más pruebas en favor del arruí, la Comisión Europea
(13-07-2016) ha ordenado a todos los países miembros (por supuesto,
incluida España) que acaten su resolución y exterminen a las especies
invasoras y preocupantes para la Unión Europea. Como era lógico y de
suponer, el arruí no aparece en esa lista de especies a erradicar, ni
que sean preocupantes. Al ser así, ¿ por qué el Ministerio de
Agricultura no la excluye del catálogo español de especies
preocupantes e invasoras, tal como lo ordena el mismo Presidente
Jean-Claude Juncker, que es quien firma el Reglamento de obligado
cumplimiento, el 13 de julio del 2016, en el Diario Oficial de la
Unión Europea?

Pese a todo lo demostrado hasta aquí, la Generalitat Valenciana está
llamando a los titulares de los cotos de las tres provincias a fin de
que maten a todo arruí que se halle en sus dominios. Si la Conselleria
de Medio Ambiente de la Generalitat es tan seguidista de la política
pepera sobre la naturaleza y hasta mantiene a los mismos altos cargos
del PP en lo referente a caza, especies, etc., ¿a causa de qué en este
aspecto no hay cambio político en absoluto y, en vez de tratar de
mejorar el tema de la caza en su Comunidad, no se esfuerza nada para
mejorarla y se lanza a la caza y aniquilación de un inocente animal
con pruebas científicas en su favor y la resolución de la Unión
Europea?

Desde ADHIF (http://wwwadhif.blogspot.com.es/) rogamos a la
Conselleria de Medio Ambiente que rectifique esa matanza
injustificada. Igualmente solicitamos a toda la gente de bien que nos
apoye contra este exterminio y pedimos a los cazadores que se nieguen
a practicar esta masacre contra una especie animal tan bien aclimatada
y beneficiosa contra los incendios forestales.