AFIRMAN QUE NO EXISTE JURISPRUDENCIA QUE PERMITA AFIRMAR QUE LA CONTRAPRESTACIÓN DEL SERVICIO DEL AGUA POTABLE SEA CONSIDERADA COMO UNA TASA

REDACCIÓN

SAN MIGUEL DE SALINAS 17-06-2016

La asociación de vecinos “San Miguel Arcángel” afirma, como réplica a la nota de prensa difundida por el gobierno municipal en la que aludía a la posición mantenida por esta entidad, que no existe jurisprudencia alguna que permita considerar la contraprestación del servicio de agua potable y saneamiento como una tasa y no una tarifa en oposición a como se venía considerando hasta ahora.
Desde 20012 hasta el 20 de noviembre de 2015, fecha del penúltimo escrito recibido, la Comisión de Precios de la Generalitat ha mantenido que se trataba de una tarifa y, que por tanto, los precios del recibo del agua debían ser fiscalizados por ellos con la oposición del gobierno municipal que siempre ha tramitado la modificación del recibo como tasa. Ante la exigencia de que se cumpliese la legalidad vigente por parte de esta asociación, la Consellería de Hacienda remitió un escrito el 8 de marzo pasado, en el que argumentaba un cambio en la jurisprudencia a partir de dos Sentencias del Tribunal Supremo de fechas 23 y 24 de noviembre de 2015. Según expertos juristas, la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 24 de noviembre, sólo cita la sentencia anterior de pasada y no confirma doctrina porque no entra en la consideración del carácter de la contraprestación. La Sentencia del 23 de noviembre, muy controvertida, es aprobada con el voto de tres magistrados frente a otros dos que plantearon voto particular. En sentido contrario, existen 9 Sentencias del Tribunal Supremo que consideran que la contraprestación puede adoptar la forma de tarifa.
La asociación dirigirá un escrito a la Consellería de Hacienda donde le dará traslado de sus alegaciones. Así mismo el colectivo manifiesta que no descansará hasta que la gestión del agua potable sea transparente y con unos precios ajustados al coste del servicio, cuestiones ambas de las que adolece el servicio.